Son ocho preguntas en las que se plantean enmiendas constitucionales en tres ejes. Pero varios analistas y actores sociales destacan que el único interés del Gobierno es manejar el Concejo de Participación Ciudadana.
En el programa de Jimmy Jairala, el legislador Esteban Torres Cobo, destacó que existen problemas más fuertes que enfrenta el país, que no se resuelven con la consulta planteada por Lasso y únicamente sirven para malgastar recursos que se pueden utilizar en salud, educación seguridad o vialidad.
La consulta popular está planteada para calmar de alguna manera al “círculo rojo”, es decir a los generadores de opinión, para desviar la atención a las problemáticas que ahogan al país y por las que el Gobierno debería trabajar, añadió.
Al igual que el legislador, varios analistas políticos señalan que la pregunta número 6, que corresponde al Concejo de Participación Ciudadana, sería la verdadera “joya de la corona”, es decir el verdadero interés del Gobierno, para posesionar autoridades a su antojo. Otras preguntas no necesitan ser sometidas a una consulta popular, y otras son puro relleno.
¿Cómo califica la CC las propuestas?
Según la Ley de Garantías Jurisdiccionales y Control Jurisdiccional, en las enmiendas, reformas y cambios constitucionales la Corte puede tratar de tres formas. El primero es sobre un dictamen de procedimiento, en este caso la Corte deberá determinar la vía en la cual se deberá hacer el trámite en las preguntas. El segundo es un proceso de sentencia de constitucionalidad donde el presidente emitirá un decreto ejecutivo para convocar al referéndum Popular. Luego de esto la Corte Constitucional pasará a otro control donde los jueces establecerán un examen de la convocatoria y contenido.