Por: Álvaro E. Sánchez Solís
El 2022 ha sido un año turbulento en muchos aspectos. En este año, la Corte Constitucional ha emitido fallos interesantes. Asimismo, la Asamblea Nacional ha discutido y expedido leyes importantes para el país.
La Corte Constitucional, al inicio del año, esto es, el 27 de enero del 2022, emitió la Sentencia No. 8-19-CN/22, en la que declaró la inconstitucionalidad de la frase “el arraigo o prohibición de ausentarse”, contenida en el art. 164 del Código Tributario. Con esto, el ejecutor tributario no podrá, dentro de una coactiva, por sí mismo, ordenar el arraigo o la prohibición de ausentarse del país, como medida precautelatoria.
El 27 de junio del 2022, durante el Paro Nacional, la CC emitió el dictamen No. 4-22-EE/22, que analizó el Decreto Ejecutivo 459, expedido por el Presidente de la República y que declaró el Estado de Excepción en Chimborazo, Tungurahua y Cotopaxi. La CC llamó la atención al Presidente por haber emitido y derogado múltiples decretos de Estado de Excepción, poniendo en riesgo el límite temporal que impone la Constitución para el efecto. Además, la CC reconoció que los agentes pueden hacer uso de la fuerza de manera excepcional y en cumplimiento de los principios de legalidad, absoluta necesidad, proporcionalidad, preparación y responsabilidad.
Por último, la Corte Constitucional, en las sentencias No. 1101-20-EP/22 y 15-18-IS/22, limitó la figura de la Acción de Protección, aclarando que esta es tutelar y sirve para determinar la ocurrencia de violación de derechos constitucionales, no siendo posible, así, declarar derechos no preexistentes o extinguir obligaciones. Que los jueces pretendan dar lugar a pretensiones de esta naturaleza mediante la Acción de Protección es, incluso, causa para declarar error inexcusable.
Por otro lado, la Asamblea Nacional, en este año, ha emitido cuatro leyes importantes: la Ley Orgánica para Defender los Derechos de los Clientes del Sistema Financiero Nacional, la Ley de Carrera Sanitaria, la Ley Orgánica Reformatoria de la Ley Orgánica de Comunicación y la Ley Orgánica que Regula el Uso Legítimo de la Fuerza.
El país espera que, para el próximo año, tanto la Corte Constitucional como la Asamblea Nacional, estén pendientes de los problemas de los ciudadanos y las necesidades emergentes para solucionarlas, a través del desarrollo jurisprudencial constitucional o el desarrollo legislativo.