Cambia en positivo la opinión informada sobre porte y tenencia de armas

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El porte y tenencia de armas se ha convertido en tema de debate a nivel nacional. La falta de conocimiento y las especulaciones confunde a los ciudadanos, al pensar que se ha permitido el libre porte y tenencia de armas, cuando en realidad se trata de una tenencia y porte regulados, controlados y verificados.

Guillermo Lasso derogó con el Decreto Ejecutivo No. 707 el Decreto Ejecutivo No. 749 de 28 de abril de 2011 expedido por el expresidente Rafael Correa que prohibió el porte de armas a civiles, a pesar de que estaba vigente la Ley de 1980 que permitía y permite la tenencia y uso civil de armas, con autorización del Estado Mayor del Comando Conjunto.

El legislador y jefe la bancada del PSC y aliados Esteban Torres Cobo, presentó una reforma a la Ley de Armas de 1980 que buscaba, principalmente, impedir que un derecho vigente en el Ecuador desde 1830 sea injustamente conculcado por decisiones ministeriales y decretos presidenciales como empezó a suceder desde el 2007. “Lo hice porque siempre tuve la convicción de que un ciudadano libre tiene el derecho de proteger su vida y la de su familia hasta las últimas consecuencias”, destacó Torres en de Diario El Heraldo.

Requisitos

Para el columnista de Diario El Universo Jorge Alvear Macias, el obtener permisos de uso de armas para defensa personal implica la obtención del certificado AFIS –Sistema Automatizado de Identificación de Huellas Dactilares–, que consiste en recopilar datos del solicitante (elementos de identificación multimodales, huella dactilar, huella palmar, iris y reconocimiento facial). Incluye altura, fotografía, caligrafía. Información que queda registrada y relacionada con la del arma autorizada.

Sistema AFIS

El AFIS de cada persona pasa a una base internacional de datos, para ser cotejado de por vida en escenas de crímenes y hechos delictivos. Eso asegura que quien haga mal uso de un arma autorizada sea identificado solo con obtener el casquillo disparado.

El experto en seguridad Stalin Sacoto, en el programa Hora 25 de Teleamazonas destacó que esta autorización del Gobierno se basa en 3 principios “primer principio, arma registrada es arma controlada; segundo principio, cuando se capturan bandas de criminales, ninguna arma está registrada; y tercero no es tan verdad que las armas vayan a generar violencia”.

El Columnista de diario Expreso Roberto Passailaigue destaca que un arma en manos de un delincuente es un peligro para los ciudadanos buenos, mientras que, en manos de ciudadanos buenos, es un grave problema para los delincuentes.

Por su parte el abogado Álvaro Sánchez destacó “lejos de la negativa valoración personal que tengo del presidente, creo que la decisión es, aunque tardía, correcta. Tardía, porque Guillermo Lasso apoyó esta propuesta – nacida, originalmente, del asambleísta Esteban Torres Cobo, a través de un proyecto de ley – durante la campaña política y, desde que ganó las elecciones, hasta el momento, no ha tenido la voluntad política de cristalizarla”.

De igual forma, el abogado Paul Viteri Albán destaca que el debate de quienes solo sirven para aplaudir lo que les conviene, se centra en sí el decreto presidencial sobre el porte y tenencia de armas es beneficioso o no, incluso sombreando el futuro como si estuvieramos a punto de convertirnos en el viejo oeste.

Una de las cartas al editor de Diario el Universo destaca que es un cuento muy bien vendido por la extrema zurda marxista que, a mayor cantidad de armas, mayor cantidad de crímenes. La experiencia objetiva en diversos países del mundo demuestra claramente lo contrario. Bajo la teoría del beneficio pensemos por un instante: ¿a quiénes realmente les puede interesar que estemos desarmados? Por eso siempre digo: “Es preferible tener un arma de fuego y no necesitarla, que necesitarla y no tenerla”.

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