Por: Álvaro E. Sánchez Solís
La Corte Constitucional emitió la Sentencia No. 1-25-IN/25, mediante la cual analizó la constitucionalidad de los Decretos Ejecutivos No. 500 y 505, con los que el Presidente de la República, Daniel Noboa Azín, encargó a Cynthia Gellibert la Presidencia, de manera temporal.
Para analizar lo que dijo la Corte Constitucional, hay que empezar puntualizando lo que no se dijo. La Corte, en ningún momento, se pronunció sobre la designación de Gellibert como vicepresidenta, en reemplazo de Verónica Abad. Tampoco se dijo algo sobre la supuesta obligatoriedad de la licencia para hacer campaña del presidente de la República para un período que no se computa como reelección.
Hay opinólogos con intereses políticos que han querido tergiversar el contenido de la decisión constitucional, diciendo que Abad debe regresar a su cargo o que, por otro lado, el presidente Noboa tiene que solicitar la licencia por campaña a la Asamblea Nacional. Esas afirmaciones no son más que elucubraciones de quienes estaban esperanzados en que la Corte Constitucional le pusiera la zancadilla al presidente Noboa.
La Corte Constitucional dijo, en síntesis, que el presidente de la República no debió «encargar» la Presidencia a través de un decreto ejecutivo, porque aquello contraría el artículo 146 de la Constitución de la República del Ecuador. La contradicción con la norma constitucional radica en que la ausencia temporal del presidente no se declara a través de un decreto, sino que se produce «de iure», es decir, de forma automática. Por esta razón, la Corte Constitucional declaró la inconstitucionalidad de los Decretos Ejecutivos No. 500 y 505 y los expulsó del ordenamiento jurídico.
¿Cuáles son las consecuencias de esta decisión? El presidente Noboa no podrá encargar, por decreto ejecutivo, la Presidencia de la República, sino que aquello deberá producirse de forma automática. La designación de Gellibert en la Vicepresidencia, al no haber sido cuestionada por la Corte Constitucional, se encuentra vigente y produciendo efectos jurídicos, por lo que Gellibert reemplazará a Noboa.
La Corte Constitucional demostró, una vez más, que no se presta para juegos ni conveniencias políticas que pretenden desestabilizar el país. Quienes repiten que ha sido un «revés para el presidente» no entienden que las decisiones constitucionales no son blancas o negras, sino que tienen espacios grises en los que todos ganan o todos pierden al mismo tiempo. El Presidente Noboa, como en otras batallas, no perdió.