Corte Constitucional declaró inconstitucional al estado de excepción

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La noche del sábado 2 de enero de 2021, la Corte Constitucional informó al país de que sus miembros declararon la inconstitucionalidad del Decreto Ejecutivo 1217, en el que se decretó el estado de excepción en Ecuador. El presidente de la República, Lenín Moreno, fue quien suscribió este decreto antes de Navidad. La inseguridad jurídica y la comunicación inefectiva del Gobierno Nacional causan incertidumbre en Ecuador.

Según la Corte Constitucional, el estado de excepción que contempla el Decreto 1217 está previsto para situaciones extraordinarias que no se pueden resolver a partir del sistema jurídico y de la institucionalidad ordinarios. 

A través de una cadena nacional emitida el domingo 3 de enero, Moreno dijo “nos corresponde acatar el dictamen de la Corte Constitucional”, además, aseguró que se continuarán aplicando las medidas de prevención a su alcance con el objetivo de salvar vidas.

El Jefe de Estado aseguró también que en las principales ciudades del país las Unidades de Cuidados Intensivos (UCI) de los hospitales se encuentran al límite; de igual manera mencionó que se contempla un incremento de contagios en enero, debido a las festividades. “Tenemos listo el plan de contingencia por si esto ocurre, pero esperamos que las medidas tomadas a tiempo den los resultados esperados”, señaló Moreno. 

Lenín Moreno hizo un llamado a los Comités de Operaciones de Emergencia (COE) cantonales a que actúen alineados con los exhortos del COE nacional, y que tomen todas las acciones necesarias para evitar aglomeraciones. “La pandemia no ha sido superada y el esfuerzo conjunto es fundamental para contenerla”, expresó el presidente. 

Toque de queda, ley seca y movilidad

Con la declaratoria de inconstitucionalidad del estado de excepción, disposiciones como la ley seca, el toque de queda y las restricciones a la circulación vehicular ya no están vigentes desde el domingo 3 de enero de 2021 en adelante. 

Hasta ahora, los autos con placas terminadas en número par y 0 podían circular martes, jueves y sábado, además de este domingo 3; los impares podían hacerlo los lunes, miércoles y viernes. De esta manera, desde el lunes 4 de enero del 2021 todos los autos podrán circular sin excepción.

Quito será el único cantón que mantendrá la restricción vehicular bajo el sistema Hoy Circula (placas impares: lunes, miércoles y viernes; pares: martes, jueves y sábado; domingo, libre circulación).

La reducción de aforos y la modificación de horarios de atención en restaurantes y centros comerciales también se suspendieron.

Libre circulación las 24 horas en Ambato

De acuerdo a Cristian Zúñiga, secretario de Gestión Estratégica del Municipio de Ambato, “esta medida estará vigente hasta que se reúna el Comité de Operaciones de Emergencia (COE) cantonal”. Una vez que las restricciones han finalizado, los ciudadanos podrán circular con sus vehículos sin importar el número de placa ni el horario.

¿Por qué la Corte Constitucional tardó 6 días para notificar que el estado de excepción es ‘inconstitucional’?

Se han suscitado críticas ante la demora en anunciar la inconstitucionalidad del estado de excepción decretado por el Gobierno Nacional. Foto: El Comercio

Diario El Comercio hizo una reseña sobre la tardanza de la Corte Constitucional en comunicar su decisión. La declaración sobre la inconstitucionalidad del Decreto Ejecutivo se conoció la noche del sábado 2 de enero del 2021, pero el dictamen fue suscrito el 27 de diciembre del 2020. 

Es por ello que durante el feriado de fin de año y el inicio del 2021 se aplicaron restricciones contempladas como el cierre de playas, la movilidad vehicular por placas, la reducción de horarios en actividades comerciales, el toque de queda de 22:00 a 04:00. 

La Corte Constitucional señaló el domingo 3 de enero que una vez realizada la notificación a las partes sobre su sentencia, a través de la Secretaría General, se habilitó la publicación, la vigencia y la difusión del documento; es decir, el 2 de enero. 

En un comunicado, el máximo Tribunal aseguró que de “acuerdo con lo establecido en el artículo 92 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional, al tratarse de la suscripción de votos salvados, en este caso de dos jueces constitucionales, la notificación se efectuó de inmediato a la remisión y suscripción de estos, dentro del término de 10 días, a partir de la adopción de la decisión. Lo que corresponde al cumplimento de parámetros procedimentales propios de la materia constitucional”. 

Según la explicación de la Corte, ese proceso tiene entre otras fases: la presentación del proyecto de dictamen ante el Pleno, adopción de la decisión; votación, remisión de los votos salvados y/o concurrentes, en el término establecido por la ley (10 días), con el voto debidamente fundamentado. 

El Pleno de la Corte, que sesionó de manera extraordinaria el 27 de diciembre, con voto de mayoría, declaró la inconstitucionalidad del Decreto Ejecutivo 1217 del 21 de diciembre “por concluir que no se adecuaba a las normas constitucionales”.

Inseguridad jurídica y comunicación inefectiva

Los constantes cambios en las reglas durante la pandemia han pasado factura a los ciudadanos, que se encuentran agobiados no solo por la pandemia, sino por una inseguridad jurídica y comunicación inefectiva permanente. 

El haber decretado el estado de excepción antes de Navidad significó millonarias pérdidas para miles de negocios a lo largo y ancho del país, que esperaban un repunte en sus ventas al finalizar un año marcado por la grave crisis económica que aqueja al país, debido a la pandemia del Covid-19. 

Asimismo, ante tantas restricciones, los ciudadanos se desanimaron a visitar a sus parientes y celebrar en familia la Navidad y el Año Nuevo. 

El Gobierno Nacional se ha caracterizado por un manejo nefasto de la comunicación durante sus casi cuatro años de administración. Los últimos hechos solamente reflejan una pequeña proporción de lo que han sido discursos contradictorios emitidos por el presidente Lenín Moreno y sus ministros o secretarios. También demuestran las rectificaciones, los mensajes mal comunicados, que solo han sembrado confusión y desinformación, así como una cadena de malos voceros, que han improvisado a la hora de comunicar. 

La inseguridad jurídica que provocan tantos cambios en los decretos, reglamentos, leyes y demás normativas ha hecho que el Ecuador pierda tiempo en interpretar lo que han implicado las decisiones del Ejecutivo. Igualmente, los pocos inversionistas, empresarios o emprendedores dispuestos a arriesgar su capital, implementarán sus planes de creación o expansión de negocio, ante la inestabilidad e inseguridad jurídica constante. 

Es muy complejo pedir al Gobierno Nacional que actúe acorde a las circunstancias y a lo que la historia y contexto actual le exigen. 

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